"La importancia de la transparencia en los procesos electorales deportivos: el caso de FENAFUTH"
En la Newsletter #12, analizaremos la falta de transparencia en FENAFUTH en relación a la Comisión Electoral y las enmiendas a sus Estatutos.
La Federación Nacional Autónoma de Fútbol de Honduras (FENAFUTH) es la institución encargada de regular y organizar el fútbol asociación en Honduras. Como tal, es responsable de garantizar que sus elecciones sean democráticas y transparentes que permitan una gestión eficiente y justa en beneficio del futbol. Sin embargo, a pocos días de su Congreso Electivo, la falta de transparencia en el proceso electoral de FENAFUTH es una realidad.
Analizaremos la falta de transparencia y publicidad en su proceso electoral. En particular, se explorará la falta de información pública sobre la conformación de la Comisión Electoral, la falta de convocatoria pública de sus miembros al Congreso Electivo, así como la ausencia de publicidad sobre las nuevas enmiendas a los Estatutos de la FENAFUTH que adelantaron las elecciones. Este análisis busca poner en relieve la importancia de la transparencia en los procesos electorales deportivos y el impacto que la falta de transparencia puede tener en la credibilidad y legitimidad de las organizaciones deportivas.
Falta de información sobre la conformación de la Comisión Electoral; falta de convocatoria pública mediante página web de FENAFUTH y Reformas efectuadas al Código Electoral
A falta de una semana para el Congreso Electivo de FENAFUTH, todavía no se han dado a conocer públicamente los nombres de los miembros de la Comisión Electoral encargada de supervisar y organizar las elecciones. Además, la Comisión aún no ha cumplido con el requisito establecido en el artículo 6 numeral 4 del Código Electoral, que indica que también deben hacer pública la convocatoria a en la página web de FENAFUTH.
La Comisión Electoral es el órgano encargado de llevar a cabo y supervisar los procesos electorales. Está compuesta por una Primera Instancia y una Instancia de Apelaciones. En el caso del Congreso Electoral de FENAFUTH, la Comisión se encarga de la organización administrativa, técnica y logística de este proceso.
Las responsabilidades de la Comisión Electoral están detalladas en el artículo 5 del Código Electoral de FENAFUTH. Entre sus principales funciones se encuentran verificar el registro de diputados con derecho a voto, examinar las candidaturas y atender apelaciones contra decisiones de la Primera Instancia.
En otras palabras, la Comisión Electoral es un elemento fundamental en la organización y supervisión de los procesos electorales de FENAFUTH. Su papel es esencial para garantizar la transparencia, la equidad y la imparcialidad en las elecciones, y para asegurar que se cumplan los requisitos y procedimientos establecidos por el Código Electoral.
En diciembre de 2018 se publicó la última versión del Código Electoral de FENAFUTH. Sin embargo, el 28 de febrero de 2023, el Comité Ejecutivo de FENAFUTH aprobó dos reformas al código, específicamente al artículo 2 y 3 las cuales vamos a compartir a continuación. (https://fenafuth.org.hn/codigo-electoral-fenafuth/)
En el artículo 2 del Código Electoral se encuentra la primera reforma, la cual modifica uno de los requisitos para ser miembro de la Comisión Electoral. Con la reforma, ya no es necesario presentar una constancia de inexistencia de reparos mediante finiquito emitido por el Tribunal Superior de Cuentas, sino que únicamente se requiere ser de reconocida honorabilidad.
Foto: Articulo 2 Codigo Electoral FENAFUTH, antes de su última reforma.
Con lo anterior se evita que la falta de emisión de un finiquito por parte del Tribunal Superior de Cuentas sea motivo para que una persona propuesta ante el Congreso por el Comité Ejecutivo, no pueda integrar dicha Comisión; con lo cual con una simple constancia se puede acreditar de que la persona aspirante a la Comisión Electoral goza de reconocida honorabilidad.
Foto: Articulo 2 Codigo Electoral FENAFUTH reformado.
La segunda reforma se encuentra en el artículo 3 del Código Electoral y se refiere a la composición de la Comisión Electoral. Siempre se mantiene la estructura de dos instancias, la Primera Instancia y la Instancia de Apelaciones. Lo que se modifica es la cantidad de miembros para cada instancia. Anteriormente, la Primera Instancia estaba conformada por 7 integrantes, pero ahora se reduce a solo 3, mientras que la Instancia de Apelaciones, que solía tener 5 integrantes, también se reduce a 3.
Foto: Articulo 3 Codigo Electoral FENAFUTH, antes de su última reforma.
Esto significa que ahora es más sencillo tomar decisiones, ya que solo se requiere que esté presente la mayoría del quorum de sus integrantes (más del 50%) para tomar una decisión válida. Con solo 2 integrantes presentes, se puede tomar una decisión. Esta reforma hace que sea menos compleja una votación.
Foto: Articulo 3 Codigo Electoral FENAFUTH reformado.
Ausencia de publicidad sobre las nuevas enmiendas a los estatutos de la FENAFUTH que adelantaron las elecciones.
De acuerdo con los Estatutos de FENAFUTH, las elecciones para su Comité Ejecutivo deben llevarse a cabo en los últimos quince días de julio del año siguiente a la finalización del Mundial de Fútbol Masculino, como se establece en el artículo 35, numeral 3 de sus estatutos. Sin embargo, en el XXXIII Congreso Ordinario de FENAFUTH, celebrado el 9 de marzo de 2023, se discutieron más de ocho enmiendas a los estatutos, incluyendo los numerales 1 y 3 del artículo 35, que se refieren a la composición y fecha de las elecciones. – Asumimos que, como consecuencia de las enmiendas, el Congreso Electivo podría llevarse a cabo en una fecha distinta a la anteriormente establecida; pero, a pesar de esto, FENAFUTH aún no ha informado públicamente sobre todas las enmiendas realizadas a sus estatutos.
Foto: Parte de la agenda del XXXIII Congreso Ordinario de FENAFUTH, celebrado el 9 de marzo de 2023.
Foto: Parte de la agenda del XXXIII Congreso Ordinario de FENAFUTH, celebrado el 9 de marzo de 2023.
En resumen, podemos concluir que la transparencia en los procesos electorales deportivos es vital para asegurar la credibilidad y legitimidad de las organizaciones deportivas. La falta de transparencia en estos procesos puede comprometer la integridad del deporte y debilitar la legitimidad de las organizaciones deportivas. Por lo tanto, es esencial que las organizaciones deportivas proporcionen información clara y detallada sobre sus procesos electorales para generar confianza en la comunidad deportiva y sociedad en general. En el caso específico de FENAFUTH, la falta de información pública sobre la conformación de la Comisión Electoral y las enmiendas realizadas a sus estatutos para adelantar las elecciones puede generar incertidumbre y desconfianza. Para preservar la credibilidad y legitimidad de sus elecciones y de la organización en su conjunto, es crucial que FENAFUTH proporcione información clara y transparente sobre las enmiendas realizadas.
A continuación te dejo con una pequeña encuesta.